La Seguridad Social activó el pasado mes el pago de la nómina ordinaria junto a la paga extraordinaria de verano, un ingreso doble que este mes de junio beneficia especialmente a los pensionistas con incapacidad permanente en sus grados más altos. Quienes cobran la pensión máxima del sistema, fijada en 2026 en 3.359,60 euros brutos mensuales, recibirán un abono único de 6.719,20 euros brutos al duplicarse esa cuantía. En algunos casos, según los datos oficiales del organismo, la cifra puede superar los 7.600 euros por la suma de complementos.
Cabe recordar que el tope máximo de las pensiones contributivas equivale a un límite anual de 47.034,40 euros, una referencia que marca el techo de lo que puede percibir cualquier beneficiario del sistema público, al margen de su base reguladora individual.
Requisitos para cobrar la pensión máxima
Llegar a este nivel de protección económica no depende solo de la gravedad de la dolencia. La Seguridad Social exige el cumplimiento de criterios estrictos de cotización previa:
- Grado de incapacidad: la pensión máxima queda reservada, por norma general, a quienes tienen reconocida una Incapacidad Permanente Absoluta o una Gran Invalidez.
- Bases de cotización: es necesario haber cotizado por los tramos más altos del Régimen General durante el periodo de referencia. En 2026, la base máxima de cotización en España está fijada en 5.101,20 euros mensuales.
Por qué algunos pensionistas superan los 7.600 euros
Aunque los 6.719,20 euros son el límite ordinario de la paga doble, la Seguridad Social confirma que miles de beneficiarios rebasarán esa cifra. La razón está en los complementos, que se suman de forma íntegra a la nómina sin verse afectados por el tope máximo.
Es el caso del complemento por brecha de género, destinado a quienes vieron perjudicada su carrera laboral tras tener hijos, y del complemento específico por Gran Invalidez, pensado para quienes necesitan la asistencia de otra persona.
Quién no recibe el ingreso doble en junio
No todos los pensionistas notarán este refuerzo económico. La normativa distingue según el origen de la lesión o enfermedad:
- Enfermedad común o accidente no laboral: da derecho a 14 pagas anuales, por lo que la extra de junio se cobra íntegra o de forma proporcional.
- Accidente laboral o enfermedad profesional: se abona en 12 mensualidades, con las pagas extra ya prorrateadas dentro de cada nómina ordinaria. Estos beneficiarios no verán, por tanto, un ingreso doble en junio, aunque el cómputo anual no varía.




