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Recomendaciones legales de ‘Fidelitis’ si recibes el alta médica y no estás preparado para volver al trabajo

Un trabajador cuenta con varias opciones tras mostrarse en desacuerdo con el alta médica después de un periodo de incapacidad temporal

Alejandro Perdigones Alejandro Perdigones
30/06/2025 17:00
Publicado en Prestaciones
Alta médica tras una incapacidad temporal sin estar preparado para volver al trabajo

Alta médica tras una incapacidad temporal sin estar preparado para volver al trabajo./ Licencia Adobe Stock

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En ciertas ocasiones, puede darse el caso de que un trabajador reciba el alta médica tras una situación de incapacidad temporal y no se sienta capacitado para volver al trabajo. Si esto ocurre, el trabajador debe seguir ciertos pasos legales.

Así, los profesionales de ‘Fidelitis’, abogados especialistas en incapacidad laboral, exponen una serie de recomendaciones sobre cómo actuar en caso de que un trabajador reciba el alta médica y no se sienta aún recuperado para regresar a su puesto de trabajo.

Cómo actuar ante un alta médica sin estar preparado para trabajador

Según los expertos de ‘Fidelitis’, lo primero que debe hacer el trabajador ante el alta médica sin estar preparado para volver al trabajo es impugnar el alta médica. Al respecto, señalan que «debes expresar tu disconformidad impugnando el alta».

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Normalmente, la impugnación del alta médica se realiza inicialmente por la vía administrativa. No obstante, si el trabajador lo desea, puede proceder a impugnar el alta médica directamente por la vía judicial. Son las dos opciones disponibles para el trabajador que se encuentra disconforme con su situación.

La clave en este tipo de casos es la capacidad residual que presenta el afectado para trabajar. Es decir, si el trabajador puede trabajar en un puesto de empleo adaptado o si no tiene capacidad para desarrollar su actividad laboral habitual.

Con todo ello, desde ‘Fidelitis’ enumeran tres opciones para el trabajador en caso de mostrarse disconforme al recibir el alta médica tras una situación de incapacidad temporal:

  • Impugnar el alta médica, ya sea por la vía administrativa o la vía judicial.
  • Solicitar una adaptación del puesto de trabajo.
  • Solicitar el reconocimiento de una incapacidad permanente.

Si el trabajador no se encuentra capacitado para volver a su puesto de trabajo tras recibir el alta médica, es importante analizar su caso con detenimiento. Una vez evaluada su situación, se podrá determinar el camino más adecuado a seguir. Para ello, es recomendable contar con el asesoramiento de un abogado laboralista con experiencia en este tipo de casos.

Opciones si el trabajador no se siente capacitado para volver a trabajar

Tal y como hemos informado anteriormente, la primera opción siempre debe ser impugnar el alta médica. Eso sí, siempre que el trabajador se sienta disconforme con la misma y considere que no se encuentra capacitado para regresar a su puesto de trabajo.

 

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Otra opción disponible para el trabajador consiste en solicitar una adaptación de su puesto de trabajo. En este caso, el trabajador tendrá que consultar al departamento de Recursos Humanos si su empresa puede adaptar su puesto de trabajo.

Desde ‘Fidelitis’ aclaran que «solamente es válido si tu empresa puede implementar la adaptación y puede seguir desempeñando tu profesión habitual con normalidad». Son aspectos que se deben tener en consideración.

La tercera alternativa pasa por solicitar una incapacidad permanente. Es decir, el trabajador no se siente recuperado para volver al puesto de trabajo aún habiendo recibido el alta médica y decide solicitar el reconocimiento de una pensión de incapacidad.

Sobre esta última opción, los profesionales de ‘Fidelitis’ señalan que «si la adaptación no es viable o no recuperas tu capacidad laboral, podrás iniciar el proceso de solicitud de incapacidad permanente para cobrar una pensión contributiva mensual». En cualquier caso, para tener derecho a una incapacidad permanente, el trabajador deberá cumplir con ciertos requisitos claves.

Temas: baja laboralIncapacidad Temporal

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