Alberto Benítez, abogado del despacho ‘Juristas-Laboralistas’, ha desmontado al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) con una intervención de menos de dos minutos, recuperando el derecho a una incapacidad permanente total para un trabajador.
Este trabajador tenía reconocida una incapacidad permanente total. Sin embargo, el INSS inició un procedimiento de revisión y decidió retirarle la pensión por «supuestamente» haber experimentado una mejora en su estado de salud.
Reclamación para recuperar la incapacidad permanente
La incapacidad permanente es un tipo de pensión que, a priori, tiene carácter vitalicio. Sin embargo, existen ciertas situaciones por las que el INSS puede revisar una incapacidad permanente y retirar el derecho a seguir cobrando la pensión al ciudadano.
En este caso, el INSS retiró la pensión de incapacidad permanente al trabajador por una supuesta mejoría en su estado de salud con respecto al momento en el que se produjo el reconocimiento inicial de la prestación.
Con todo ello, desde el ‘Bufete Juristas-Laboralistas’ comentan que «el problema aparece cuando esa ‘mejoría’ administrativa no coincide con la realidad médica y funcional del trabajador». Por ello, Alberto Benítez defendió al trabajador en el juicio para recuperar su incapacidad permanente total.
Desmontando los argumentos del INSS en menos de dos minutos
A través de su cuenta de Instagram (@bufetejuristas), desde el Bufete ‘Juristas-Laboralistas’ han publicado un vídeo en el que se observa al abogado Alberto Benítez desmontando los argumentos del INSS por haber retirado la pensión de incapacidad permanente a este trabajador.
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Al respecto, Benítez comenta que «habrá que evaluar primero el cuadro clínico y, sobre todo, la repercusión funcional, señorías. La repercusión funcional es lo que hay que variar. La carga de la prueba en este tipo de procedimiento, que una revisión de oficio la tiene el INSS, y no es probar desde cero o desde inicio si tiene o no tiene capacidad, sino si ha habido una variación sustancial entre el cuadro clínico inicial y el cuadro clínico final, objeto de la revisión».
En este punto, el abogado de ‘Juristas-Laboralistas’ se cuestiona si realmente ha habido una variación sustancial y funcional suficiente para la retirada de la pensión de incapacidad permanente. Además, tampoco entra en materia sobre si está de acuerdo que en el año 2021 se concediera a su cliente una pensión de incapacidad permanente total.
Para Alberto Benítez, la clave está en si ha habido una variación sustancial desde el reconocimiento de la incapacidad permanente total hasta la actualidad. «En cuanto a la funcionalidad que provoca ese cuadro clínico que tenía al principio y que sigue teniendo ahora, y que sea fluctuante, tendríamos que irnos, señoría, a la jurisprudencia de la Sala Cuarta del Supremo, que habla de qué es y qué no es tener capacidad laboral», expone el mencionado abogado.
Finalmente, añade que «no es tener capacidad laboral una persona que no pueda acudir y ejecutar su profesión habitual con un mínimo rendimiento, continuidad y asiduidad. Al final, en general, que sea rentable para un empresario. Y dentro de ese concepto se encuentran las fluctuaciones, señoría».
Con estos argumentos, el juez de la sala terminó por devolver al trabajador el derecho a percibir la pensión de incapacidad permanente total para su profesión habitual. Así lo informan los profesionales del bufete ‘Juristas-Laboralistas’.