Cuidar de un familiar dependiente puede sumar años cotizados para tu jubilación: el Estado paga el 100% de la cuota del convenio especial

Las personas que cuidan en casa de un familiar en situación de dependencia pueden seguir sumando años cotizados para su futura jubilación sin pagar nada de su bolsillo. Se trata del convenio especial para cuidadores no profesionales, una modalidad de cotización a la Seguridad Social cuyas cuotas asume íntegramente la Administración General del Estado a través del IMSERSO.

Desde el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO) recuerdan que el Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, estableció que la Administración General del Estado «asuma el coste de dichas cuotas». De este modo, suscribir este convenio no supone ningún coste para la persona cuidadora.

Hablamos de personas que, en muchos casos, han tenido que dejar su empleo o reducir su actividad para atender a un familiar, una realidad que conocen bien las familias marcadas por la gran dependencia. Con este convenio, el tiempo dedicado a los cuidados no se convierte en un hueco en la vida laboral, sino que computa como tiempo cotizado.

Qué es el convenio especial para cuidadores no profesionales

Este convenio está regulado en el Real Decreto 615/2007, de 11 de mayo, por el que se regula la Seguridad Social de los cuidadores de las personas en situación de dependencia. Según recoge esta norma en el Boletín Oficial del Estado (BOE), los cuidadores no profesionales quedan incluidos en el Régimen General de la Seguridad Social en situación asimilada al alta.

Además, la norma precisa que para suscribirlo no se exige un periodo previo de cotización. Esta es una de las grandes diferencias respecto al convenio especial ordinario con la Seguridad Social, que sí exige haber cotizado previamente un mínimo de 1.080 días en los doce años anteriores.

Cabe destacar que la financiación estatal de estas cuotas no siempre ha estado garantizada. Entre 2013 y marzo de 2019, las cuidadoras y cuidadores tenían que abonar las cotizaciones por su cuenta. Desde el 1 de abril de 2019, el Estado volvió a asumir este pago y, según los datos publicados entonces por la Seguridad Social, en apenas tres meses los convenios pasaron de 7.304 a más de 40.000. De ellos, el 89,48% estaban suscritos por mujeres.

Requisitos para cotizar gratis como cuidador de un familiar dependiente

Para poder suscribir este convenio especial con cargo al Estado, el IMSERSO y la Seguridad Social señalan los siguientes requisitos:

  • Que la persona en situación de dependencia tenga reconocida la prestación económica para cuidados en el entorno familiar.
  • Que el solicitante figure como persona cuidadora no profesional en la resolución de dicha prestación.
  • Con carácter general, no estar en alta a tiempo completo en ningún régimen de la Seguridad Social, ni en situación de desempleo, ni percibir determinadas prestaciones.

En este sentido, si la comunidad autónoma no ha reconocido la prestación o el cuidador no aparece en la resolución, no será posible acceder al convenio, por mucho que la persona cuide a diario de su familiar. Para el detalle de cada situación, el IMSERSO remite a la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS).

Qué cubre y qué no cubre este convenio

El artículo 3 del Real Decreto 615/2007 establece que la situación asimilada al alta será «a efectos de las prestaciones de jubilación y de incapacidad permanente y muerte y supervivencia». Es decir, el convenio protege la pensión de jubilación, la incapacidad permanente y las prestaciones de viudedad y orfandad. Además, se cotiza un 0,2% adicional destinado a la formación profesional.

Por el contrario, este convenio no cubre la incapacidad temporal. Así, si la persona cuidadora enferma, no podrá cobrar una baja médica a través de esta vía.

En cuanto a la cotización, se realiza sobre la base mínima del Régimen General, que se reduce de forma proporcional si la dedicación al cuidado no es completa. Quien prefiera cotizar por una base superior puede hacerlo, aunque en ese caso deberá abonar la diferencia de su bolsillo.

Estos años cotizados pueden marcar la diferencia a la hora de jubilarse. Más aún si se tiene en cuenta que, para acceder a la pensión, también hay que cumplir requisitos como el de haber cotizado dos años dentro de los últimos quince, tal y como demuestra el caso de una mujer que se quedó sin pensión de jubilación con más de 21 años cotizados.

Cómo y cuándo solicitar el convenio especial

El plazo es clave. Si el convenio se solicita dentro de los 90 días siguientes al reconocimiento de la prestación económica de dependencia, sus efectos se aplican desde esa fecha de reconocimiento. Si se solicita más tarde, los efectos se fijan en la fecha de la solicitud, por lo que se pierden los meses anteriores.

La solicitud puede presentarse en cualquier Dirección Provincial o Administración de la TGSS con el modelo específico de alta en el convenio especial de cuidadores no profesionales, o bien de forma telemática a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social, en el servicio «Alta en Convenio Especial». La documentación necesaria es la siguiente:

  • Modelo de solicitud cumplimentado.
  • Resolución de la prestación económica de dependencia.
  • DNI de la persona en situación de dependencia.
  • DNI de la persona cuidadora no profesional.

Para resolver dudas, la Seguridad Social también ofrece información a través de su servicio de atención telefónica. Y conviene tener presentes los cambios en los requisitos de la pensión, como la nueva edad de jubilación para 2027.

La nueva Ley de Dependencia amplía la figura del cuidador

Este convenio cobra todavía más relevancia con la Ley 4/2026, de 1 de octubre, que reforma las leyes de discapacidad y dependencia. Publicada en el BOE el 3 de octubre, la norma entra en vigor el 23 de octubre de 2026.

En su preámbulo, la ley recoge que, en la prestación económica para cuidados en el entorno familiar, la persona cuidadora pueda pertenecer «al ámbito familiar y al relacional de la persona en situación de dependencia». Precisamente, como ya os contamos, la reforma de la Ley de Dependencia mejora los beneficios de los cuidadores, con repercusión en su futura jubilación.

Eso sí, la aplicación práctica de muchas de estas novedades dependerá de cada comunidad autónoma. De hecho, las comunidades autónomas tienen hasta 2030 para permitir combinar todas las ayudas en casa.

Con todo ello, a las personas que cuidan de un familiar dependiente les conviene revisar la resolución de dependencia, comprobar que figuran como cuidadoras no profesionales y solicitar el convenio dentro del plazo de 90 días. Un trámite sin coste que puede traducirse en años de cotización para su futura pensión.