Este es el finiquito que puede cobrar un trabajador tras obtener el reconocimiento de una incapacidad permanente en España

El reconocimiento de una incapacidad permanente puede generar importantes dudas en los trabajadores. Por ejemplo, en relación a qué sucederá con su contrato de trabajo o si la empresa tendrá la obligación de abonarle un finiquito.

Respecto a esta cuestión, los abogados de ‘Fidelitis’ afirman que «cuando se extingue la relación laboral y existen cantidades pendientes de liquidación, el trabajador tiene derecho a recibir el finiquito correspondiente». Por tanto, existen diferentes circunstancias en las que un trabajador puede recibir un finiquito tras obtener una incapacidad permanente.

Incapacidad permanente y extinción del contrato de trabajo

Hay que tener en cuenta que el reconocimiento de una incapacidad permanente no implica la extinción automática del contrato de trabajo. Así se recoge en la legislación actual sobre las pensiones de incapacidad permanente total.

La extinción del contrato de trabajo depende del grado de incapacidad reconocido y de las circunstancias específicas de cada trabajador. En el caso de una incapacidad permanente absoluta o Gran Invalidez, sí se extingue el contrato de trabajo debido a que son grados de incapacidad incompatibles con el desarrollo de cualquier actividad laboral.

Sin embargo, la normativa actual elimina la extinción automática del contrato de trabajo cuando se reconoce una incapacidad permanente total. El trabajador podrá solicitar una adaptación de su puesto de trabajo, una reubicación dentro de la empresa en otro puesto compatible o decidir la finalización del contrato de trabajo.

De este modo, la empresa tendrá un plazo específico para llevar a cabo las correspondientes demandas del trabajador o para justificar adecuadamente una carga excesiva para desarrollar las peticiones. Esto es algo que deben conocer los trabajadores sobre el reconocimiento de una incapacidad permanente total.

Desde ‘Fidelitis’ señalan que «si el contrato continúa porque la empresa adapta el puesto de trabajo o asigna otro compatible, no se produce necesariamente una liquidación final de la relación laboral. En cambio, si el contrato se extingue, la empresa deberá liquidar los conceptos económicos pendientes, como salarios devengados, pagas extraordinarias y vacaciones no disfrutadas».

Que debe incluir el finiquito

El finiquito al que pudiera tener derecho el trabajador no depende únicamente del grado de incapacidad permanente reconocido, sino de su situación contractual y de las cantidades que la empresa tenga pendientes de abonar. Igualmente, resulta conveniente saber diferenciar entre finiquito e indemnización, ya que constituyen dos conceptos distintos.

Según informan los profesionales de ‘Fidelitis’, estos son los conceptos que debe incluir un finiquito tras producirse la extinción del contrato laboral con la empresa:

  • Salarios pendientes de cobro: Aquí se incluyen las diferencias salariales, complementos, salarios devengados no abonados, horas extras y otros conceptos pendientes.
  • Vacaciones generadas y no disfrutadas: Los días de vacaciones pendientes por parte del trabajador suponen una parte importante de la cuantía total del finiquito.
  • Parte proporcional de las pagas extraordinarias: Si las pagas extraordinarias no se encuentran prorrateadas, es posible que exista una parte proporcional pendiente de abonar.

Además, en un finiquito también pueden incorporarse otros conceptos básicos pendientes, como complementos devengados, comisiones o incentivos. Finalmente, desde ‘Fidelitis’ indican que «el finiquito debe calcularse individualmente».