Confirmado por la ley de dependencia y discapacidad: Las comunidades autónomas tendrán un plazo máximo de 3 meses para resolver las solicitudes de dependencia

La reforma de la Ley de Dependencia ya es una realidad. Tras su publicación en el BOE (Boletín Oficial del Estado) el pasado sábado 3 de octubre de 2026, queda confirmado uno de los cambios más esperados por miles de familias en España: el plazo máximo para resolver las solicitudes de dependencia será de 3 meses.

Se trata de una de las medidas que recoge la Ley 4/2026, de 1 de octubre, que modifica la Ley 39/2006 de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia. Una reforma que el Congreso de los Diputados aprobó de forma definitiva el pasado mes de septiembre y que entrará en vigor el 23 de octubre de 2026.

De 6 a 3 meses para resolver la dependencia

En concreto, la reforma da una nueva redacción al artículo 28 de la Ley de Dependencia, que regula el procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones del sistema. El texto publicado en el BOE recoge lo siguiente: «El procedimiento se iniciará a instancia de la persona que pueda estar afectada por algún grado de dependencia o de quien ostente su representación, estableciéndose un plazo máximo de 3 meses para su resolución«.

Hasta ahora, el plazo máximo legal para resolver la dependencia era de seis meses. Sin embargo, tal y como ya adelantamos desde Tododisca, con la nueva ley la solicitud de la dependencia deberá resolverse en un plazo máximo de tres meses, reduciendo a la mitad el tiempo de espera fijado por ley.

Además, la norma mantiene que el reconocimiento de la situación de dependencia se efectuará mediante resolución expedida por la administración autonómica correspondiente a la residencia de la persona solicitante y tendrá validez en todo el territorio del Estado.

Qué ocurre si la administración no responde

La reforma también modifica la disposición final primera de la Ley de Dependencia, relativa al momento en el que se genera el derecho a las prestaciones. Según el BOE, «el derecho de acceso a las prestaciones derivadas del reconocimiento de la situación de dependencia se generará desde la fecha de la resolución de reconocimiento de las prestaciones o, en su caso, cuando haya transcurrido el plazo de seis meses desde la presentación de la solicitud sin haberse dictado y notificado resolución expresa de reconocimiento de la prestación».

Cambios en la valoración de la dependencia

Además de la reducción del plazo, la reforma introduce cambios en la forma de valorar la situación de dependencia. Por un lado, los órganos de valoración de las comunidades autónomas «tendrán carácter público», y en el seno del Consejo Territorial podrán acordarse criterios comunes sobre su composición mínima y su actuación.

Por otro lado, la valoración se realizará teniendo en cuenta los informes sobre la salud y los cuidados de la persona elaborados por su profesional de medicina o enfermería de referencia, la valoración directa de sus capacidades físicas, cognitivas y funcionales, así como las condiciones y características del entorno en el que viva. También se considerarán los productos sanitarios, órtesis, prótesis y ayudas técnicas que tenga prescritos.

Asimismo, el Gobierno dispondrá de un plazo máximo de un año desde la entrada en vigor de la ley para aprobar, previo acuerdo con el Consejo Territorial, un nuevo baremo de valoración de la situación de dependencia. La reforma también amplía la aplicación de la escala de valoración específica (EVE) de los tres hasta los seis años.

Seis meses para adaptar los sistemas de información

Para hacer efectivos estos cambios, las comunidades autónomas y el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO) contarán con un plazo máximo de seis meses desde la entrada en vigor de la ley para adaptar sus sistemas de información y gestión de la dependencia. Además, la Administración General del Estado impulsará la tramitación telemática integral de los procedimientos.

Todo ello se suma a otras medidas recogidas en la reforma, como el reconocimiento de la teleasistencia como derecho y el fin de las incompatibilidades entre ayudas, o el compromiso de que la Administración General del Estado garantice una financiación equivalente al 50% del gasto total certificado por cada comunidad autónoma.

Respecto a las listas de espera, el ministro de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, Pablo Bustinduy, ha defendido que «las listas de espera deben reducirse a la mitad en 2027 y desaparecer en 2028. Nuestro compromiso es total y ahora toca que todas las comunidades autónomas remen a favor para hacerlo una realidad».