En España es posible obtener un grado de discapacidad del 33% o superior por obesidad mórbida, aunque para ello es necesario que se cumplan una serie de condiciones básicas. Los profesionales de ‘Fidelitis’, abogados especialistas en la materia, exponen los requisitos que deben cumplirse.
Primeramente, desde ‘Fidelitis’ aclaran que la obesidad mórbida por sí misma no es una razón suficiente para el reconocimiento de un grado de discapacidad. Sin embargo, añaden que «cuando existe comorbilidad con otras patologías (algo muy común en estos pacientes), entonces sí podría justificar un grado de discapacidad del 33% o del 65%, dependiendo de la afectación, o una paga o pensión por incapacidad permanente».
Grado de discapacidad del 33% por obesidad
Según indican los profesionales de ‘Fidelitis’, para tener derecho a una discapacidad por obesidad, es necesario que el ciudadano también tenga diagnosticada otras patologías limitantes. Este es un aspecto imprescindible para el proceso.
Actualmente, la jurisprudencia española establece la obesidad mórbida para personas que están desde un 50% a un 100% por encima de su peso corporal. También en caso de estar 45 kilogramos por encima de su peso corporal. Por su parte, en términos médicos, se considera que una persona tiene obesidad cuando presenta un peso superior a 45 kilos sobre cuál sería su precio ‘normal’ para su edad y altura.
Para que la obesidad sea causa del reconocimiento de un determinado grado de discapacidad, además de existir comorbilidad con otras patologías, es obligatorio que genere limitaciones reales y persistentes en la vida diaria de la persona.
En la valoración de un posible grado de discapacidad para una persona con obesidad no solo se evalúa el peso o el Índice de Masa Corporal (IMC). También se tiene en cuenta el impacto funcional y médico sobre la persona.
Entre las enfermedades derivadas de la obesidad para el reconocimiento del grado de discapacidad se valoran patologías como apnea del sueño, hipertensión arterial, artrosis de caderas, rodillas o columna, diabetes tipo 2 o enfermedades cardiovasculares; entre otras.
Por otro lado, la obesidad mórbida también puede ocasionar un impacto psicológico en la persona, como trastornos de ansiedad, depresión, baja autoestima o aislamiento social. Todos estos factores se tienen en cuenta a la hora de valorar el posible reconocimiento de un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
Cómo se valora el grado de discapacidad
Desde ‘Fidelitis’ exponen que «cada caso se estudia de forma individualizada, teniendo en cuenta los informes médicos que acrediten la afectación física, funcional y emocional. Solo si la obesidad provoca restricciones importantes en la autonomía personal o en la participación social, puede ser calificada como discapacidad».
En cualquier caso, el reconocimiento del posible grado de discapacidad por obesidad mórbida se basa en los siguientes elementos:
- Limitaciones en el funcionamiento: El equipo de valoración evalúa cómo afecta la obesidad a las diferentes áreas de la vida cotidiana. Es decir, aspectos como la movilidad, el cuidado personal, la vida doméstica o la comunicación.
- Duración: Las limitaciones de la persona deben ser previsiblemente permanentes o de larga duración.
- Factores contextuales: También es preciso analizar diferentes aspectos personales, ambientales o sociales que pueden influir en la situación de la persona.
Finalmente, los profesionales de ‘Fidelitis’ manifiestan que «el grado de discapacidad que se reconoce en casos de obesidad mórbida depende de la gravedad del caso concreto, sus efectos funcionales y la presencia de patologías asociadas».




