El proceso de solicitud de una incapacidad permanente suele generar muchas dudas entre los trabajadores, especialmente cuando se trata de la primera vez que se inicia este procedimiento. Por lo general, la solicitud parte de la persona interesada.
Otro aspecto importante es que el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) es el organismo encargado de otorgar el derecho a una incapacidad permanente en España. Sin embargo, una pensión de incapacidad permanente también se puede obtener por la vía judicial.
Solicitud de la incapacidad permanente por parte de la empresa
Algunas personas creen que la empresa tiene potestad para solicitar el reconocimiento de una incapacidad permanente de un determinado trabajador. Si bien, desde ‘Fidelitis’ aclaran que «con carácter general, una empresa ordinaria no puede solicitar por sí misma el reconocimiento inicial de una incapacidad permanente de uno de sus trabajadores».
Solamente las empresas colaboradoras en la gestión de la Seguridad Social están legitimadas para iniciar el proceso de solicitud de una incapacidad permanente para uno de sus trabajadores.
En cualquier caso, el INSS es el único organismo con la competencia para evaluar y reconocer una posible pensión de incapacidad permanente a un trabajador en España. Igualmente, también se puede lograr el derecho a una incapacidad permanente por la vía judicial.
Los abogados de ‘Fidelitis’, especialistas en incapacidad permanente, manifiestan que «cuando una empresa colaboradora considera que un trabajador puede encontrarse en una situación constitutiva de incapacidad permanente, la normativa prevé la elaboración de un expediente previo con información sobre el trabajador, sus antecedentes profesionales, categoría, funciones y otros datos relevantes».
Quiénes pueden solicitar una incapacidad permanente en España
El proceso de solicitud de una incapacidad permanente puede iniciarse a través de diferentes vías. Tal y como hemos aclarado anteriormente, las empresas no pueden solicitar el reconocimiento de una incapacidad laboral permanente para uno de sus trabajadores, a no ser que se trate de una empresa colaboradora con la Seguridad Social.
A continuación, desde Tododisca enumeramos las principales vías por las que se puede poner en marcha la solicitud de una incapacidad permanente en España:
- Por parte del propio trabajador afectado.
- A instancia del representante legal del trabajador.
- A instancia de la mutua o empresa colaboradora.
- De oficio, por parte del Instituto Nacional de la Seguridad Social.
Hay que recordar que cuando un trabajador cumple 18 meses de baja médica, el INSS tiene la obligación de abrir un expediente de incapacidad permanente. Es decir, se inicia un proceso de solicitud de incapacidad permanente para determinar si el trabajador cumple con los requisitos para el reconocimiento de una pensión de este tipo. Eso sí, no significa expresamente que se vaya a reconocer la incapacidad laboral permanente al trabajador.
Como conclusión, desde ‘Fidelitis’ informan que «una empresa que simplemente tiene contratado al trabajador no aparece entre quienes pueden presentar directamente la solicitud inicial, salvo que tenga esa condición específica de empresa colaboradora».
La empresa sí puede sugerir al trabajador la posibilidad de que solicite el reconocimiento de una incapacidad permanente. No obstante, antes de presentar cualquier solicitud siempre es recomendable evaluar la situación del trabajador.




