Luis Alfonso Iglesias, abogado de ‘Abogados Cuatro’, asegura que «a la mayoría de personas le quitan la pensión de incapacidad permanente porque cometen el mismo error«. Se trata de un mensaje de advertencia para aquellas personas a las que se le reconoce el derecho a cobrar una pensión de incapacidad permanente en España.
Las pensiones de incapacidad permanente, por lo general, son pensiones de carácter vitalicio. Es decir, se pueden cobrar desde que se reconocen hasta el fallecimiento de la persona beneficiaria. Sin embargo, existen diferentes circunstancias por las que se puede dejar de percibir una pensión de incapacidad permanente.
Error para perder la incapacidad permanente
A través de un vídeo publicado en su cuenta oficial de Instagram (@abogados_cuatro), Luis Alfonso Iglesias explica el error habitual que cometen la mayoría de personas a las que le quitan la incapacidad permanente en España.
Luis Alfonso Iglesias es abogado especializado en derecho del trabajo, Seguridad Social y Propiedad Intelectual. También es licenciado en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid y, actualmente, forma parte del bufete ‘Abogados Cuatro’.
Según este abogado, el primero de los errores que cometen los ciudadanos es que «se le concede la incapacidad permanente y dejan de acudir a los especialistas. Entonces, no cuentan con informes médicos actualizados».
Dejar de acudir a los especialistas médicos implica no contar con informes médicos actualizados. Esto puede resultar clave en caso de que el INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social) cite al ciudadano para una revisión de una incapacidad permanente.
No presentar informes médicos actualizados en una citación del INSS puede ser motivo para que la Administración rebaje el grado de incapacidad permanente reconocido o para directamente retirar el derecho a seguir cobrando la pensión de incapacidad permanente.
La compatibilidad laboral
Algunos grados de incapacidad permanente, como el grado parcial o el grado total, son compatibles con el desarrollo de una determinada actividad laboral. Para que exista compatibilidad es necesario que la actividad laboral a desarrollar no entre en conflicto con las limitaciones que dieron origen al reconocimiento de la pensión.
Aquí se encuentra otro de los problemas a los que hace referencia el abogado Luis Alfonso Iglesias, y que puede provocar que el ciudadano pierda su pensión de incapacidad permanente.
Concretamente, este profesional de ‘Abogados Cuatro’ comenta que «el segundo error es que se ponen a trabajar y no le comunican a la Seguridad Social el nuevo trabajo que van a desarrollar». Este hecho puede provocar la pérdida del derecho a continuar percibiendo la pensión de incapacidad permanente.
Antes de iniciar una actividad laboral, siempre es recomendable comunicar esta intención a la Seguridad Social. De este modo, el INSS puede confirmar que se trata de una profesión compatible con la pensión de incapacidad permanente que percibe el ciudadano.
«Si tienes una incapacidad permanente total y vas a empezar a trabajar, asesórate antes», aconseja el abogado Luis Alfonso Iglesias, que asegura que esta acción «puede marcar la diferencia entre conservar tu pensión o tener un problema».




