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La Seguridad Social permite cotizar gratis por cuidar a un familiar dependiente, pero excluye a pensionistas, parados y autónomos

El convenio especial de cuidadores no profesionales suma los años de cuidado a la vida laboral sin coste, aunque una lista de supuestos impide suscribirlo

Francisco Zuasti
02/09/2026 20:00
Discapacidad
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La Seguridad Social solo permite firmar el convenio especial de cuidadores no profesionales —el que hace que los años de cuidado cuenten para la pensión— a quien esté designado como cuidador en el Programa Individual de Atención (PIA) y atienda a una persona que ya cobra la prestación económica para cuidados en el entorno familiar. Quedan excluidos, entre otros, los pensionistas de jubilación o incapacidad permanente, los perceptores del paro y los dados de alta en el RETA. A 31 de enero de 2026 había 99.027 personas acogidas a esta fórmula, el 87,3% mujeres, según el Imserso.

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Quién puede suscribirlo

El punto de partida es que la persona dependiente tenga reconocida la prestación económica para cuidados familiares de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, y que el solicitante conste como cuidador no profesional en esa resolución. Cumplido eso, la normativa admite tres perfiles:

  • El cónyuge.
  • Los parientes hasta el tercer grado.
  • Una persona del entorno cercano del dependiente.

Cabe recordar que este convenio no exige ningún periodo de cotización previo, a diferencia de otras figuras de la Seguridad Social.

Los supuestos que lo bloquean

No procede la suscripción cuando el interesado se encuentra en alguna de estas situaciones:

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  1. Realizar una actividad profesional por la que deba cotizar, salvo las excepciones que se explican más abajo.
  2. Estar de alta en el RETA, aunque su base sea inferior a la del convenio.
  3. Percibir la prestación por desempleo.
  4. Ser pensionista de jubilación o incapacidad permanente.
  5. Ser pensionista de viudedad o en favor de familiares con 65 años o más.
  6. Estar en excedencia o en reducción de jornada por cuidado de familiares que ya compute como cotización efectiva.
  7. Cobrar una pensión no contributiva o una pensión extranjera.
  8. Recibir ayudas de regímenes externos (MUFACE, ISFAS).
  9. Ser profesional colegiado acogido a la mutualidad alternativa al RETA.

Trabajar y cuidar sí es compatible

Frente a la idea de que hay que abandonar el empleo, la norma contempla dos excepciones. Puede firmarlo quien ya trabajaba y reduce su jornada para cuidar, y también quien mantiene o inicia una actividad profesional. En ambos casos, con una condición: que la base de cotización de esa actividad sea inferior a la que corresponde al convenio según el grado de dependencia. Lo mismo ocurre con el paro contributivo a tiempo parcial.

En estos supuestos la base no se duplica: se reduce y pasa a ser la diferencia entre la que correspondería por el grado de dependencia y la de la actividad realizada.

Quién paga la cuota

Desde el 1 de abril de 2019, el cuidador no desembolsa nada. El Real Decreto-ley 6/2019 devolvió el pago de estas cotizaciones a la Administración General del Estado, a través del Imserso, tras seis años en los que las asumían los propios cuidadores. En grado III, la base es la mínima del Régimen General; en grado II, proporcional a las horas reconocidas, con un suelo del 50% de esa base mínima.

El trámite se realiza con el modelo TA0040 o el formulario específico, en las administraciones de la Tesorería General o en la Sede Electrónica. Con todo, conviene no demorarse: si se solicita dentro de los 90 días siguientes al reconocimiento de la prestación, el convenio surte efectos desde esa fecha; pasado el plazo, solo desde el día de la solicitud.

Francisco Zuasti

Francisco Zuasti

Experto en accesibilidad universal y discapacidad en Tododisca. Lesionado medular con un 90% de grado de discapacidad desde el 2008 y con un grado 3 de dependencia. Deportista adaptado en la modalidad de tenis de mesa y handbike, quedando tercero en campeonato de España. Master en Accesibilidad Universal y diseño para todos de la Universidad Internacional de Cataluña (UIC). Empresario y CEO de Tododisca, Goframa y Grupo Iniciativas. Premio mejor autónomo de España en 2025 por la Federación Nacional de Autónomos (ATA)

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