El TSJ de Andalucía deniega la incapacidad permanente a una trabajadora por estar aún en tratamiento médico: «Tres años con dolores»

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJ de Andalucía) ha confirmado la denegación de una solicitud de incapacidad permanente para una trabajadora por «estar aún en tratamiento médico». De este modo, el TSJ de Andalucía ha ratificado la decisión del Juzgado de lo Social de Sevilla y ha respaldado la decisión del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).

Esta trabajadora ejercía como peón agrícola. Así, presenta un cuadro clínico con fibromialgia, lumbalgia con afectación discal y lesión en el tendón del hombro izquierdo. A pesar de ello, esto no resulta suficiente para el INSS ni para la justicia ordinaria para el reconocimiento de un grado de incapacidad permanente.

Incapacidad permanente denegada por estar en tratamiento

La Sala del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía expone que la demandante lleva tres años recibiendo tratamiento por dolencias lumbares degenerativas e irreversibles. No obstante, el Tribunal argumenta que «esto no significa que no existan posibilidades de recuperación funcional mediante tratamientos médicos, ya sean quirúrgicos, farmacológicos o de rehabilitación».

Uno de los requisitos imprescindibles para obtener el derecho a cobrar una pensión de incapacidad permanente es probar que el trabajador ya ha llevado a cabo todos los tratamientos médicos posibles sin experimentar una mejoría. En este caso, la trabajadora aún se encuentra en tratamiento médico.

Por otro lado, los magistrados manifiestan que, en el momento de la calificación para la incapacidad permanente, la intervención quirúrgica había sido rechazada. Esto se debe a que el estado de la trabajadora en ese momento no presentaba limitaciones graves: su marcha era normal y los reflejos musculares se conservaban.

La exploración mostró que no había datos objetivos de pérdida de funcionalidad, más allá de la manifestación subjetiva de dolor por parte de la trabajadora. Se trata de un aspecto que se encuentra reflejado en los diferentes informes médicos.

El TSJ de Andalucía ratifica la sentencia del Juzgado de Sevilla

Respecto a este caso particular, desde el ‘Consejo General del Poder Judicial’ indican que «dado que su medicación le había sido modificada recientemente -lo que impide conocer su evolución posterior-, el tribunal considera acertado el criterio de la jueza de instancia. En cuanto al resto de las dolencias de la empleada agrícola, la fibromialgia evoluciona por brotes, por lo que solo en las fases más agudas procedería determinar la incapacidad laboral».

Teniendo en cuenta todos los aspectos descritos anteriormente, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha rechazado la posibilidad de reconocer a esta trabajadora una incapacidad permanente en cualquier grado. Eso sí, la sentencia no es firme y la parte afectada puede presentar un recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

Por el momento, esta trabajadora no ha podido obtener el reconocimiento de una incapacidad permanente, a pesar de llevar tres años con dolores y recibiendo diferentes tratamientos médicos. Debido a que aún continúa en tratamiento, la incapacidad permanente le ha sido rechazada.

Una vez que finalice todos los tratamientos médicos, si sus dolencias persisten, tendrá que volver a presentar la solicitud por la vía administrativa en caso de seguir optando al reconocimiento de una pensión de incapacidad permanente.