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El Juzgado reconoce una incapacidad permanente absoluta a un trabajador que necesitaba ir 5 veces diarias al baño

Alejandro Perdigones
17/06/2026 07:30
en Prestaciones
Incapacidad permanente absoluta por enfermedad de Crohn

Incapacidad permanente absoluta por enfermedad de Crohn./ Licencia Adobe Stock

Un trabajador ha conseguido el reconocimiento de una pensión de incapacidad permanente absoluta con una cuantía de 1.700 euros mensuales. El Juzgado de lo Social ha considerado que el trabajador cumplía con todos los requisitos pertinentes para ello, a pesar del rechazo inicial por parte del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).

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Este trabajador ha contado con la representación y el asesoramiento de la abogada Marina Alaminos, tanto por la vía administrativa en Reclamación Previa como por la vía judicial. A través de sus redes sociales (@marinaalaminos), la propia Alaminos ha sido la encargada de exponer esta nueva sentencia con un reconocimiento de incapacidad permanente absoluta.

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Incapacidad permanente absoluta por enfermedad de Crohn

La principal causa por la que se ha reconocido a este trabajador una incapacidad permanente absoluta es por la enfermedad de Crohn, aunque también presentaba otras patologías que le generaban importantes limitaciones.

Según informa la abogada Marina Alaminos, este es el cuadro clínico que presentaba el trabajador y por el que solicitó el reconocimiento de una incapacidad permanente absoluta:

  • Enfermedad de Crohn con afectación al íleon, colon y duodeno.
  • Colitis ulcerosa, que le hacía ir al baño como mínimo cinco veces.
  • Espondiloartrosis con afectación en prácticamente todo el cuerpo y todas las articulaciones.
  • Dolor abdominal constante.

Desde la Clínica Universidad de Navarra explican que «la enfermedad de Crohn es una afectación inflamatoria de tipo crónico y autoinmune del tubo digestivo que evoluciona de modo recurrente con brotes».

Este trabajador realizaba tareas de mantenimiento y, por tanto, llevaba a cabo tareas físicas al desarrollar su profesión habitual. Y es que en el reconocimiento de una incapacidad permanente, la profesión habitual también aparece como un factor determinante.

El INSS solo reconocía la incapacidad total

Tras un largo periodo de baja médica, el INSS solo le reconoció a este trabajador una incapacidad permanente total para su profesión habitual. En este sentido, desde la Seguridad Social consideraban que el trabajador solamente estaba impedido para la realización de actividades físicas.

Ante esta resolución, el trabajador presentó una Reclamación Previa justificando que tenía limitaciones para desarrollar toda actividad laboral y que, por tanto, merecía el reconocimiento de una incapacidad permanente absoluta. El INSS rechazó el recurso manteniéndose en su decisión inicial.

«Fuimos a la vía judicial y el juez nos ha dado la razón. Ha reconocido que por la enfermedad de Crohn principalmente, y la colitis ulcerosa, mi cliente tiene derecho a una incapacidad permanente absoluta», explica Marina Alaminos.

Después de varios meses de lucha y esfuerzo, el Juzgado de lo Social ha reconocido a este trabajador el derecho a una incapacidad permanente absoluta, con una cuantía de pensión equivalente al 100% de su base reguladora. En este caso, percibirá una pensión contributiva con un importe mensual de 1.800 euros.

La abogada Marina Alaminos pudo demostrar ante el juez que este trabajador no solamente presentaba limitaciones para trabajos físicos, sino que también estaba limitado «para mantener la continuidad, rendimiento y eficacia que exige cualquier empleo». Este hecho ha sido determinante para el reconocimiento de la pensión de incapacidad permanente absoluta.

Alejandro Perdigones
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