El Juez de lo Social ha reconocido a un trabajador el derecho a cobrar una incapacidad permanente absoluta después de someterse a cuatro operaciones de rodilla, un diagnóstico de temblor esencial y la necesidad de utilizar un bastón para desplazarse. A pesar de este cuadro clínico, el INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social) se negaba a conceder la incapacidad laboral permanente en grado de absoluta.
La sentencia del Juzgado de lo Social ha sido ratificada posteriormente por el Tribunal Superior de Justicia, tal y como ha confirmado la abogada Marina Alaminos, que ha sido la profesional encargada de defender los intereses de este trabajador.
Incapacidad permanente absoluta tras cuatro operaciones de rodilla
Jorge trabajaba como electricista y tuvo que afrontar diferentes problemas de salud, hasta que las secuelas comenzaron a generarle importantes limitaciones para desarrollar su actividad laboral habitual.
La abogada Marina Alaminos explica que «había pasado por cuatro operaciones de rodilla, le habían colocado una prótesis y necesitaba bastón para caminar». Además, también tenía diagnosticada una enfermedad llamada ‘temblor esencial’, la cual le hacía más difícil el día a día.
Como consecuencia del estado de salud en el que se encontraba, Jorge también desarrolló un trastorno ansioso-depresivo. Todo ello le afectaba directamente en su rutina diaria y, evidentemente, en su profesión laboral.
Cuando ya no pudo más, Jorge decidió solicitar el reconocimiento de una incapacidad permanente. Entendía que no podía seguir trabajando más en su situación, por lo que presentó la correspondiente solicitud por la vía administrativa ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
Tras analizar su caso, el Instituto Nacional de la Seguridad Social le reconoció una incapacidad permanente total. Es decir, entendían que no podía seguir trabajando como electricista pero que sí podía realizar otras actividades laborales.
Reclamación por la vía judicial
Este trabajador no quedó conforme con la resolución de la Seguridad Social, porque entendía que «su problema era mucho mayor». En este sentido, Marina Alaminos expone que «le costaba mantenerse en pie, caminar o utilizar las manos con normalidad».
Frente a esta situación, Jorge decidió contactar con el despacho de la abogada Marina Alaminos. Pidió que analizaran su caso para determinar las posibilidades reales de reclamar una incapacidad permanente absoluta.
Después de estudiar su caso, la abogada consideró que Jorge cumplía con los requisitos oportunos para obtener el reconocimiento de una pensión de incapacidad permanente absoluta. Primeramente, presentaron una Reclamación Previa por la vía administrativa. Una Reclamación Previa que también fue rechazada por la Seguridad Social.
A pesar del nuevo varapalo administrativo, Marina Alaminos decidió llevar el caso de Jorge a los tribunales previa demanda contra el INSS. Demostraron que este trabajador necesitaba bastón para desplazarse, que el temblor esencial afectaba a sus brazos y manos; y que el trastorno ansioso-depresivo le impedían mantener la atención y el rendimiento.
El Juez de lo Social determinó que el trabajador no podía desempeñar ninguna actividad laboral con un mínimo de eficacia, continuidad y dignidad. Por ello, le reconoció el derecho a cobrar una pensión de incapacidad permanente absoluta con una cuantía de pensión equivalente al 100% de su base reguladora.
Posteriormente, la Seguridad Social elevó un recurso ante el Tribunal Superior de Justicia, que ratificó la sentencia del Juzgado de lo Social y el derecho de Jorge a cobrar la pensión de incapacidad permanente absoluta.






