La Seguridad Social confirma una ayuda extra de 161 euros al mes en 2026 para las familias que cumplan este requisito

El Ingreso Mínimo Vital (IMV) es la prestación de la Seguridad Social que garantiza unos ingresos mínimos a los hogares en situación de vulnerabilidad económica. En 2026, sus cuantías han subido un 11,4%, el mismo porcentaje que las pensiones no contributivas, tras la aprobación del Real Decreto-ley 3/2026 de revalorización de las pensiones.

Para las familias en las que vive una persona con discapacidad, la prestación incluye además un complemento específico que eleva la cantidad a percibir. Es una ayuda que muchas familias desconocen y que puede marcar la diferencia a final de mes.

Cuánto se cobra en 2026

La renta garantizada del IMV para una persona adulta que vive sola es en 2026 de 733,60 euros al mes, lo que equivale a 8.803,20 euros al año. A partir de ahí, la cuantía aumenta un 30% por cada miembro adicional de la unidad de convivencia:

  • Un adulto y un menor, o dos adultos: 953,68 euros al mes.
  • Dos adultos y un menor, o un adulto y dos menores: 1.173,76 euros al mes.
  • Dos adultos y dos menores: 1.393,84 euros al mes.
  • Dos adultos y tres menores: 1.613,92 euros al mes.

Hay que tener en cuenta que estas cantidades son el máximo garantizado. El IMV cubre la diferencia entre esa renta garantizada y los ingresos que ya tiene el hogar, por lo que lo que se cobra en cada caso depende de los recursos de la familia.

El complemento por discapacidad

Cuando en la unidad de convivencia hay una persona con un grado de discapacidad igual o superior al 65%, la renta garantizada se incrementa con un complemento equivalente al 22% de la cuantía individual. En 2026, ese complemento supone 1.936,70 euros al año, unos 161,39 euros al mes.

Un complemento del mismo porcentaje se aplica a los hogares monoparentales, es decir, aquellos formados por un solo adulto con uno o más hijos menores a cargo.

Requisitos para cobrar el IMV

Para acceder a la prestación es necesario cumplir varios requisitos. Entre los principales, tener residencia legal y efectiva en España durante al menos el año anterior a la solicitud, encontrarse en situación de vulnerabilidad económica por carecer de ingresos suficientes y no superar los límites de patrimonio establecidos.

En cuanto a la edad, con carácter general el titular debe tener entre 23 y 65 años, aunque hay excepciones, como las personas mayores de edad con menores a cargo. En Tododisca explicamos que la Seguridad Social paga el IMV a los mayores de 23 años que viven solos si acreditan dos años de vida independiente.

Compatible con otras ayudas

El IMV es compatible con el empleo, gracias a un sistema de incentivos que evita que la persona pierda toda la prestación al empezar a trabajar. También puede ser compatible con otras prestaciones, aunque estas computan como ingresos a la hora de calcular la cuantía.

Una duda frecuente es si cobrar una pensión de incapacidad permanente impide acceder al IMV. En Tododisca ya explicamos, de la mano del abogado Lorenzo Pérez, que cobrar una incapacidad permanente no significa quedar fuera del Ingreso Mínimo Vital.

Cómo se solicita

La solicitud se presenta ante el INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social), preferentemente a través de la sede electrónica de la Seguridad Social, aunque también se puede hacer por correo postal o de forma presencial con cita previa. Es necesario aportar la documentación que acredite la composición del hogar, la residencia y, en su caso, el grado de discapacidad.

En definitiva, el IMV garantiza en 2026 un mínimo de 733,60 euros al mes a las personas que viven solas, y los hogares con un miembro con discapacidad igual o superior al 65% pueden sumar un 22% adicional a esa cuantía.