La Seguridad Social lo confirma: Los españoles tendrán que cotizar un mínimo de 38 años y 6 meses para jubilarse con 65 años de edad

A partir del año 2027, los españoles tendrán que cotizar más a la Seguridad Social para poder acceder a la jubilación con 65 años de edad. Es uno de los cambios más relevantes que se aplicarán en España en materia de pensiones a partir del año 2027.

Actualmente, el futuro de las pensiones y la jubilación en España está marcado por la incertidumbre. Sin embargo, existen algunas certezas en relación a esta materia. Hablamos de medidas que se aplicarán en tan solo unos meses y que afectarán a millones de españoles.

Un mínimo de 38 años y 6 meses para jubilarse con 65 años de edad

El 1 de enero de 2027 entrará en vigor una nueva subida en la edad ordinaria de jubilación en España. Además, también se producirá un aumento en los años de cotización exigidos para tener derecho a jubilarse a los 65 años de edad.

A partir de la fecha indicada, la edad de jubilación ordinaria se establecerá en 67 años para aquellos ciudadanos que hayan cotizado menos de 38 años y seis meses a la Seguridad Social durante la vida laboral. Además, para acceder a la jubilación ordinaria con 65 años de edad será necesario haber cotizado a la Seguridad Social un mínimo de 38 años y seis meses.

Este nuevo aumento en la edad ordinaria de jubilación responde a la reforma de las pensiones del año 2011. En concreto, se fijó una subida de dos años en la edad ordinaria de jubilación a aplicar progresivamente en un periodo de 15 años. De este modo, la edad de jubilación ordinaria en España ha subido de forma gradual desde el año 2013, y culminará en 2027.

En 2027 dejará de subir la edad ordinaria de jubilación en España en función de la mencionada normativa. Sin embargo, no se podrán descartar nuevos aumentos en los próximos años para garantizar la sostenibilidad del sistema de pensiones.

El aumento de la esperanza de vida y la baja natalidad ha provocado que algunos países de la Unión Europea aprueben nuevas subidas en la edad ordinaria de jubilación, incluso llegando a los 70 años de edad. Se trata de un escenario no descartable para el futuro de España.

Repercusión en la jubilación anticipada

La nueva subida de la edad ordinaria de jubilación también afectará a las modalidades de jubilación anticipada voluntaria y jubilación anticipada forzosa. Así se recoge en la normativa de la Seguridad Social.

En el caso de la jubilación anticipada voluntaria, los trabajadores pueden adelantar la edad de jubilación hasta en dos años como máximo con respecto a la edad ordinaria de jubilación. Así, la edad mínima de jubilación anticipada voluntaria será de 65 años para las personas con menos de 38 años y seis meses cotizados; y de 63 años para las personas con 38 años y seis meses o más cotizados a la Seguridad Social.

Por su parte, en la jubilación anticipada forzosa, es posible adelantar la edad de jubilación ordinaria hasta en cuatros con respecto a la edad ordinaria. A partir de 2027, la edad mínima de jubilación anticipada forzosa será 63 años para las personas con menos de 38 años y seis meses cotizados; y de 61 años para las personas con 38 años y seis meses o más cotizados.