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Un funcionario de la Seguridad Social lo confirma: puedes ganar hasta 6.000 euros más al año sin que te bajen el Ingreso Mínimo Vital

El Real Decreto 240/2026 sustituye la antigua fórmula del incentivo al empleo por un "importe exento" que excluye del cómputo buena parte de la subida salarial

Francisco Zuasti
28/06/2026 08:30
en Prestaciones
Alfonso Munoz funcionario Seguridad Social Ingreso Minimo Vital

Imagen de Alfonso Muñoz en su canal de Youtube

Trabajar ya no reduce de forma automática el Ingreso Mínimo Vital (IMV). Desde la entrada en vigor, el pasado 27 de marzo de 2026, del Real Decreto 240/2026, los beneficiarios pueden aumentar sus ingresos laborales hasta 6.000 euros al año sin que esa subida se descuente de la prestación, según ha explicado en un vídeo en su canal de YouTube Alfonso Muñoz Cuenca, funcionario del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). La norma reforma el llamado incentivo al empleo y sustituye una fórmula compleja por un sistema de «importe exento» más fácil de entender.

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Cabe recordar que el IMV ya era compatible con las rentas del trabajo desde la Ley 19/2021, pero su desarrollo reglamentario posterior generó un mecanismo difícil de comprender incluso para los propios perceptores. Después de más de tres años de aplicación, el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha optado por simplificarlo.

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Qué cambia: del laberinto de fórmulas al «importe exento»

El eje del nuevo modelo es la incorporación de un importe exento que permite excluir parte de los incrementos de ingresos laborales del cómputo total a efectos del IMV. Es decir, una porción de lo que el beneficiario gana de más por trabajar deja de tenerse en cuenta cuando se revisa la cuantía de la ayuda.

¿Cómo se calcula? Se toma el incremento de la renta del trabajo obtenido en el ejercicio fiscal previo al año de la revisión, comparándolo con la renta de trabajo del año anterior. Sobre esa diferencia se aplica un porcentaje de exención. Muñoz Cuenca lo resume así: «El incentivo al empleo persigue motivar a las personas beneficiarias del IMV para que se incorporen al mercado laboral o mejoren sus condiciones, sin que supongan la pérdida automática e inmediata de la prestación».

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Cuánto queda exento según tu incremento de renta

Estos son los tramos que fija el sistema, recogidos en el Anexo III de la norma:

  • Incremento de renta de hasta 6.000 euros: se excluye del cómputo el 100 % de ese incremento.
  • Incremento superior a 6.000 euros: los 6.000 primeros euros quedan exentos al 100 % y del resto se excluye el 50 %.
  • Unidades de convivencia con complemento de discapacidad o de monoparentalidad: para la parte que supera los 6.000 euros, la exención sube al 55 %.

Es decir, se trata de un sistema progresivo de cesión: cuanto más sencilla es la subida salarial, mayor parte queda protegida.

Dos ejemplos para verlo claro

Caso 1. Una unidad familiar pasa de ingresar 6.500 euros anuales a 10.000 euros. El incremento es de 3.500 euros y, al ser inferior a 6.000, queda exento al 100 %. La prestación no se toca: el sistema favorece el primer salto al mercado laboral.

Caso 2. Una unidad familiar pasa de 8.000 euros a 16.000 euros, un incremento de 8.000 euros. Los 6.000 primeros euros están exentos al 100 % y los 2.000 restantes, al 50 % (1.000 euros). En total, 7.000 de los 8.000 euros de subida quedan exentos y solo computan 1.000 euros a efectos del IMV. Crecer profesionalmente sigue siendo rentable.

Lo aplica el INSS de oficio: no hay que solicitarlo

El incentivo se reconoce de oficio por el INSS, con ocasión de la revisión y actualización anual de la cuantía de la prestación, siempre que la persona ya fuera beneficiaria del IMV el año anterior. La exención tiene periodicidad anual. Asimismo, cuando la vulnerabilidad económica se haya determinado con los ingresos del ejercicio en curso, el incentivo solo podrá aplicarse a partir del segundo ejercicio desde el inicio de la percepción.

La reforma incorpora además una nueva disposición adicional que integra a los perceptores del IMV en las políticas activas de empleo de los servicios públicos de empleo del Estado y de las comunidades autónomas, con programas específicos dentro del Plan anual para el Fomento del Empleo Digno. Puedes consultar el texto completo en el Real Decreto 240/2026 publicado en el BOE.

Qué pasará a continuación

El Ministerio se ha comprometido a evaluar la eficacia del nuevo incentivo una vez se consoliden los datos del primer ejercicio de aplicación, una valoración que se elevará a la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos. La pregunta de fondo es si este diseño bastará para vencer el miedo a aceptar empleos parciales o inestables. Si quieres repasar quién puede cobrar la ayuda, aquí tienes los requisitos para acceder al Ingreso Mínimo Vital y las cuantías del IMV actualizadas en 2026.

El mensaje, en palabras del propio funcionario, es que el IMV deja de funcionar como un techo y pasa a operar como una base:

«Trabajar no reduce automáticamente la prestación, sino que la puede complementar. El sistema permite el esfuerzo y la progresividad laboral y mejora la seguridad jurídica del beneficiario. Y sobre todo, se refuerza el objetivo principal del Ingreso Mínimo Vital, que es la inclusión social a través del empleo».

Francisco Zuasti
Francisco Zuasti

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