Un detective lo grabó cinco días descargando maquinaria y cortando setos durante la baja: el TSJ de Baleares confirma el despido del jardinero

El Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares ha confirmado el despido procedente de un jardinero encargado de arboricultura que trabajaba por cuenta propia mientras permanecía en situación de incapacidad temporal. La empresa, la UTE Arboricultores de Palma, para la que prestaba servicios con contrato indefinido desde febrero de 2007, contrató a una agencia de investigación privada que lo siguió durante cinco días de junio de 2023 y documentó cómo descargaba maquinaria, cargaba compostaje y cortaba setos. La resolución se conoció el 23 de agosto de 2026.

Qué se puede y qué no se puede hacer durante una baja

La Sala de lo Social, con los magistrados Antoni Oliver Reus, Alejandro Roa Nonide y Óscar López Bermejo, ha fijado el criterio con una frase que resume toda la doctrina en la materia.

La incapacidad temporal no impide cualquier actividad privada, pero veta la realización de la misma prestación laboral por cuenta propia cuando evidencia una transgresión de la buena fe contractual.

Es decir, estar de baja no convierte a nadie en un recluso. Se puede salir a la calle, hacer la compra o llevar una vida ordinaria compatible con el proceso de recuperación. Lo que no cabe es desempeñar por cuenta propia exactamente las mismas tareas por las que se ha declarado la imposibilidad de trabajar para la empresa.

La prueba que decidió el caso

El elemento determinante no fue una sospecha genérica, sino un seguimiento acotado y documentado. Las tareas registradas —manipular maquinaria, mover material pesado y podar— coinciden con el contenido esencial del puesto que el trabajador tenía en la empresa. Esa coincidencia es la que la Sala interpreta como transgresión de la buena fe contractual, causa de despido disciplinario en el Estatuto de los Trabajadores.

El tribunal ha desestimado el recurso de suplicación planteado al amparo del artículo 193 c) de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, que permite revisar la infracción de normas sustantivas, y ha mantenido lo resuelto en la sentencia de instancia del 14 de junio de 2025. Para sostener el criterio se apoya en doctrina consolidada del Tribunal Supremo, con cita expresa de su sentencia de 19 de febrero de 2002.

Por qué esto importa aunque no se trabaje en jardinería

Cabe recordar que la incapacidad temporal es una prestación de la Seguridad Social sujeta a control tanto del servicio público de salud como de la mutua y del propio INSS. El seguimiento privado que aquí contrató la empresa se suma a ese control ordinario y, cuando aporta imágenes coherentes con las funciones del puesto, suele bastar para acreditar la causa de despido.

Por el contrario, no todo comportamiento durante la baja es sancionable. La jurisprudencia distingue entre una actividad que retrasa o compromete la curación y otra que resulta inocua, e incluso beneficiosa. La diferencia se mide caso por caso, y ahí pesa mucho la naturaleza de la dolencia y el tipo de trabajo desempeñado.

El consejo práctico que deja el fallo

A quien atraviese un proceso largo de baja le conviene documentar cada paso: partes de confirmación, informes de especialista, pruebas diagnósticas y cualquier comunicación con la mutua. Tododisca ha detallado los seis documentos que no conviene perder durante la baja médica, porque esa carpeta es la que después sostiene tanto una eventual impugnación del alta como una solicitud de incapacidad permanente.

Asimismo, importa saber en qué punto del proceso se está: el día 545 marca el límite legal a partir del cual el INSS decide entre pensión, alta o prórroga excepcional. Y si el proceso desemboca en un reconocimiento de incapacidad, cambian también las reglas del contrato, como recoge la Seguridad Social al detallar los derechos del trabajador tras obtener una incapacidad permanente. El detalle completo del caso balear está en la información publicada sobre la sentencia.