Confirmado por el BOE: la vivienda habitual dejará de contar para calcular el copago de la dependencia desde el 23 de octubre

Uno de los aspectos que más preocupa a las familias cuando solicitan la Ley de Dependencia es cuánto tendrán que pagar por los servicios. El llamado copago de la dependencia ha hecho que muchas personas renunciaran a una residencia, a un centro de día o a la ayuda a domicilio por miedo a no poder asumir el coste. La reforma publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) cambia las reglas del juego.

La Ley 4/2026, de 1 de octubre, que entra en vigor el 23 de octubre de 2026, fija nuevos criterios para calcular la capacidad económica de las personas en situación de dependencia.

La vivienda habitual queda fuera del cálculo

La principal novedad es que la vivienda habitual no se tendrá en cuenta a la hora de valorar el patrimonio de la persona dependiente. Hasta ahora, en muchas comunidades autónomas el patrimonio, incluida en algunos casos la casa, podía incrementar la cantidad que la persona debía aportar por los servicios.

Además, la ley establece que se valorará exclusivamente la capacidad económica personal de la persona beneficiaria, y no la del conjunto de su familia.

Un mínimo exento y un copago que no disuada

La reforma introduce otras dos garantías importantes:

  • Deberá existir un mínimo exento, es decir, una cantidad de ingresos que la persona conserva y que no se destina al pago de los servicios.
  • El copago no podrá tener un efecto disuasorio, de modo que el precio no puede convertirse en una barrera para acceder a los apoyos.

Y un principio clave: nadie quedará fuera del sistema por falta de recursos económicos.

Las comunidades autónomas seguirán fijando los criterios

Conviene tener en cuenta un matiz. Los criterios concretos de copago los acuerda el Consejo Territorial de Servicios Sociales y los aplican las comunidades autónomas, por lo que las cuantías pueden variar según el lugar de residencia. Lo que cambia es el marco estatal, que ahora obliga a respetar estas reglas básicas.

Hasta ahora, el copago podía sumar a la renta una parte del patrimonio de la persona dependiente, algo que entidades como el CERMI llevaban años denunciando por considerar que «expulsaba» a las personas dependientes del sistema.

Qué deben hacer las familias

Las personas que ya tienen un servicio reconocido y están pagando un copago pueden consultar con los servicios sociales de su comunidad cómo se aplicarán los nuevos criterios a su caso a partir del 23 de octubre. Para quienes todavía no han solicitado la dependencia por miedo al coste, la reforma es un motivo más para iniciar el trámite.

La reforma busca que el acceso a los cuidados dependa de la necesidad de apoyo de cada persona y no de su patrimonio.