El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) mantiene una ayuda de hasta 570 euros mensuales para las personas desempleadas que se han quedado a las puertas del paro contributivo: el subsidio por cotizaciones insuficientes, dirigido a quienes acumulan entre 90 y 360 días cotizados. Ese importe equivale al 95% del IPREM mensual, fijado en 600 euros, y puede prolongarse hasta 21 meses cuando el beneficiario tiene responsabilidades familiares. Sin ellas, el abono se limita a un máximo de seis meses.
Cabe recordar que la prestación contributiva ordinaria exige un mínimo de 360 días cotizados en los seis años anteriores, lo que da derecho a cuatro meses de paro. A partir de ahí la duración crece de forma proporcional hasta el tope de dos años, que se alcanza con 2.160 días cotizados, unos seis años de trabajo.
Cuántos meses se cobra según los días cotizados
La duración de esta ayuda no es fija: depende directamente del tiempo trabajado que el solicitante pueda acreditar y de su situación familiar. El SEPE aplica la siguiente escala:
- 90 días cotizados: 3 meses de subsidio.
- 120 días cotizados: 4 meses.
- 150 días cotizados: 5 meses.
- 180 días cotizados: 6 meses.
- 180 días cotizados con responsabilidades familiares: 21 meses, es decir, casi dos años.
Es decir, la diferencia entre cobrar medio año o casi dos está en un único requisito: tener a cargo a hijos menores de 26 años, mayores con discapacidad o a un familiar en las condiciones que exige la normativa. Sin ese factor, ni siquiera el máximo de días cotizados permite superar los seis meses.
La cuantía va bajando con el paso de los meses
El importe tampoco se mantiene estable durante toda la ayuda. Se calcula sobre el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) y desciende por tramos a medida que se prolonga el cobro:
- Primeros 180 días: el 95% del IPREM, esto es, 570 euros al mes.
- Del día 181 al 360: 540 euros mensuales.
- A partir del día 361: 480 euros mensuales.
En la práctica, quien agote los 21 meses completos verá cómo su ingreso se recorta en 90 euros entre el primer tramo y el último. Conviene tener presente que estas cantidades están vinculadas al IPREM vigente, de modo que cualquier revisión de ese indicador en la Ley de Presupuestos arrastra al alza o a la baja la cuantía del subsidio.
Se puede compatibilizar con un contrato a tiempo parcial
Uno de los puntos que más dudas genera es la compatibilidad con el empleo. El SEPE exige que el solicitante se encuentre en desempleo total desde el 1 de noviembre de 2024 —fecha en la que entró en vigor la reforma de los subsidios— o, como máximo, trabajando a tiempo parcial.
Esa excepción tiene un límite claro. Si la persona encadena varios contratos parciales, la suma de todas las jornadas no puede superar en ningún caso la jornada completa, fijada en 40 horas semanales. Superado ese umbral, se pierde el acceso a la ayuda.
Seis meses de plazo para pedirlo: pasado ese tiempo, se deniega
El aviso más importante para los potenciales beneficiarios es de calendario. La solicitud debe presentarse dentro de los seis meses siguientes al hecho causante, es decir, al momento en que se produce la situación legal de desempleo. Fuera de ese plazo, el expediente se deniega directamente, sin margen para recuperar el derecho.
Asimismo, para calcular la duración del subsidio el organismo tiene en cuenta todas las cotizaciones que no se hayan computado antes para reconocer una prestación contributiva u otro subsidio. Dicho de otro modo: los días trabajados que quedaron sin usar en solicitudes anteriores no se pierden y siguen sumando en esta ayuda.
Con todo, se trata de una prestación pensada como colchón temporal para trayectorias laborales cortas o muy fragmentadas, un perfil habitual entre jóvenes, trabajadores de sectores estacionales y personas que se reincorporan al mercado laboral tras una interrupción. Quien crea reunir los requisitos debería revisar cuanto antes su vida laboral y no dejar pasar la ventana de los seis meses.




