La Seguridad Social cuenta en España con la modalidad de jubilación anticipada por discapacidad. En concreto, existe la jubilación anticipada por discapacidad igual o superior al 45% y la jubilación anticipada por discapacidad igual o superior al 65%.
Según el grado de discapacidad, el ciudadano podrá adelantar más o menos el momento de su jubilación. Además, los requisitos exigidos por la Seguridad Social varían en función del grado de discapacidad. En ambos casos no se aplica penalización en la cuantía de la pensión por adelantar la edad de jubilación.
Años con la discapacidad para acceder a la jubilación anticipada
La jubilación anticipada por discapacidad igual o superior al 45% permite acceder a la jubilación desde los 56 años de edad sin penalización. El ciudadano debe tener reconocido este grado de discapacidad un mínimo de cinco años.
A continuación, exponemos los requisitos actualizados en 2026 para acceder a la jubilación anticipada por discapacidad igual o superior al 45%:
- Haber cotizado un mínimo de 15 años a la Seguridad Social durante la vida laboral. Además, cinco años de cotización, como mínimo, tendrán que haberse completado con la discapacidad reconocida.
- La discapacidad debe generarse por una o algunas de las enfermedades recogidas en el listado de la Seguridad Social para este tipo de jubilación anticipada.
Recientemente, el Gobierno de España ha aprobado siete nuevas enfermedades para que se adhieran al listado que permite acceder a la jubilación anticipada por discapacidad igual o superior al 45%: Espina bífida, párkinson, distrofia miotónica tipo 1 (Steinert), esclerosis sistémica, enfermedad renal crónica (estadio G5), amiloidosis por transtiretina variante y enfermedad de Huntington.
Tanto los trabajadores por cuenta ajena como los trabajadores autónomos tienen derecho a acogerse a la jubilación anticipada por discapacidad igual o superior al 45%. Así se recoge en la normativa de 2026.
Por otro lado, desde la Seguridad Social señalan que «la acreditación de que la discapacidad ha sido igual o superior al 45% durante al menos cinco años tiene que efectuarse mediante un certificado del Instituto de Mayores y Servicios Sociales o del órgano correspondiente de cada comunidad autónoma».
Jubilación anticipada por discapacidad igual o superior al 65%
A través de la jubilación anticipada por discapacidad igual o superior al 65%, los ciudadanos en España pueden jubilarse desde los 52 años de edad. En este caso, la Seguridad Social tampoco aplica coeficientes reductores a la hora de calcular el importe de la pensión.
Los requisitos de la jubilación anticipada por discapacidad igual o superior al 65% son menos exigentes en comparación con la jubilación anticipada igual o superior al 45%. En esta modalidad no es necesario que la discapacidad derive de ninguna enfermedad específica.
Al igual que en la modalidad descrita previamente, para acceder a la jubilación anticipada por discapacidad igual o superior al 65% también es obligatorio haber cotizado un mínimo de 15 años en la Seguridad Social. Sin embargo, en este caso, resulta indiferente si los años de cotización se han cumplido con o sin la discapacidad reconocida.
Es decir, puede darse el caso de que no haya cotizado ningún año con la discapacidad reconocida y pueda acogerse a la jubilación anticipada por discapacidad igual o superior al 65%. Es una de las modalidades de jubilación anticipada que permite cobrar la pensión completa, a pesar de haber adelantado el retiro de la vida laboral.




