El Gobierno de España ha aprobado un aumento del 11,4% en la cuantía del Ingreso Mínimo Vital (IMV) para el año 2026 en España. Esta subida también provoca de manera derivada un aumento en el complemento por discapacidad para personas beneficiarias del IMV.
Es preciso recordar que el Ingreso Mínimo Vital se puede cobrar como beneficiario individual o como titular de una unidad de convivencia. La cuantía a cobrar por el Ingreso Mínimo Vital varía en función del número de miembros de la unidad de convivencia.
Complemento por discapacidad del IMV en 2026
Tal y como hemos comentado anteriormente desde Tododisca, en este año 2026 se ha aprobado una subida del 11,4% en las cuantías garantizadas del Ingreso Mínimo Vital. Con este aumento, el importe para un beneficiario individual del IMV en 2026 se sitúa en 733,6 euros al mes.
La prestación del Ingreso Mínimo Vital se percibe de forma mensual y se cobra en doce pagas al año, sin pagas extraordinarias. Si la persona beneficiaria tiene reconocida una discapacidad igual o superior al 65%, tendrá derecho a cobrar un complemento económico adicional junto al IMV.
En concreto, el complemento por discapacidad del Ingreso Mínimo Vital tiene una cuantía equivalente al 22% del importe para un beneficiario individual del IMV. Al producirse un aumento de la cuantía del Ingreso Mínimo Vital, también se genera una subida en el importe del complemento. Así, el complemento por discapacidad para un beneficiario individual se sitúa en 161,39 euros mensuales.
Cuantías garantizadas del IMV por discapacidad
Desde el IMSERSO manifiestan que «la cuantía del Ingreso Mínimo Vital para el beneficiario individual o la unidad de convivencia será la diferencia entre la renta garantizada y el conjunto de rentas e ingresos de tales personas, siempre que la cuantía resultante sea igual o superior a 10 euros mensuales».
A continuación, desde Tododisca ofrecemos un listado con las cuantías garantizadas del Ingreso Mínimo Vital con el complemento por discapacidad en función del número de miembros en la unidad de convivencia:
- Beneficiario individual: 894,99 euros al mes.
- Unidad de convivencia formada por dos personas: 1.115,07 euros al mes.
- Unidad de convivencia con tres personas: 1.335,15 euros al mes.
- Unidad de convivencia con cuatro personas: 1.555,23 euros al mes.
- Unidad de convivencia con cinco personas o más: 1.775,31 euros al mes.
Además del complemento por discapacidad, también se ha producido una subida en el complemento por monoparentalidad. Este complemento está dirigido a unidades de convivencia monoparentales beneficiarias del Ingreso Mínimo Vital. Igualmente, su cuantía es equivalente al 22% de la Renta Básica Garantizada para un beneficiario individual.
Estos cambios en las cuantías de la prestación del Ingreso Mínimo Vital están en vigor en España desde el 1 de enero de 2026. De este modo, las personas beneficiarias notarán el aumento en el importe de su prestación con el primer pago correspondiente al mes de enero.
Sobre esta subida del 11,4% en el IMV, la ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, ha comentado que «la lucha contra la pobreza severa es nuestra prioridad, en particular la infantil, y en esa lucha, el Ingreso Mínimo Vital juega un papel muy importante, por lo que debe tener una cuantía digna que permita transitar a una situación mejor».




