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El Ministerio Fiscal impulsa la protección de la gestión de las cuentas bancarias de personas con discapacidad

Mediante la figura del "guardador de hecho" se asegura la protección financiera de personas con discapacidad, establecida por la Fiscalía General

Álvaro Gutiérrez del Álamo López
23/02/2026 10:30
en Discapacidad
El Ministerio Fiscal impulsa la protección de la gestión de las cuentas bancarias de personas con discapacidad

Protección de cuentas bancarias de personas con discapacidad / Asociación Española de la Banca

«Guardador de hecho ante las entidades bancarias«. Esa es la nueva figura por la que han aunado esfuerzos la Fiscalía General del Estado y el sector bancario. El rol que asume de esta nueva representación consiste en facilitar la gestión de recursos económicos por parte de cuidadores de una persona con discapacidad intelectual o cognitiva.

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Como detalla el Ministerio Fiscal, el propósito de esta nueva figura es gestionar los recursos económicos de las personas con discapacidad «para atender sus necesidades básicas, aunque no sean cotitulares de su cuenta». En esta línea, «los bancos podrán avisar a la Fiscalía si se detectan actuaciones contrarias a lo declarado o intereses del titular de la cuenta«.

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La Unidad de Personas con Discapacidad y Mayores de la FGE, el Banco de España y las tres asociaciones que representan al sector «en nuestro país» -Asociación Española de Banca, Unión Nacional de Cooperativas de Crédito y la Confederación Española de Cajas de Ahorros- han consensuado «la figura de la guarda de hecho en la operativa bancaria».

Operaciones en nombre de la persona con discapacidad

En los documentos elaborados por la Fiscalía General del Estado en conjunto con el Banco de España y las entidades bancarias se han establecido las bases que declaran que actividades y operaciones pueden realizar las familias como «guardadores de hecho» en nombre de las personas con discapacidad.

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Por tanto, según el Ministerio Fiscal, en esos documentos se reúnen «los conceptos básicos relacionados con esta forma de apoyo», detallando «los tipos que existen, los derechos y obligaciones que comporta o la forma de acreditar la condición de guardador de hecho ante el banco«.

Entre estas actividades, se menciona la posibilidad de «domiciliar la pensión o nómina y los recibos de servicios básicos, como la luz y el agua«. También, en este sentido, esta figura estará autorizada a retirar pequeñas cantidades de efectivo para cubrir su día a día y garantizar su bienestar.

No obstante, también señalan que «estará vedada» la realización de determinadas actividades, como la «contratación de préstamos, la realización de inversiones y otras operaciones de trascendencia económica, que seguirán necesitando de aval judicial«.

Finalmente, la elaboración de estos protocolos suponen «un paso más» en el trabajo de colaboración entre Fiscalía General del Estado y sector bancario para garantizar «la inclusión financiera de las personas con discapacidad y la adaptación de la práctica bancaria a la reforma de la ley de discapacidad«.

Prevenir abusos

María José Segarra, Fiscal de Sala de Personas con Discapacidad y Mayores, por su parte, ha señalado que «para garantizar la seguridad jurídica y proteger de abusos a las personas con discapacidad», la figura de guardador deberá firmar una declaración responsable en la entidad bancaria.

Esta declaración deberá subrayar que «los bancos podrán avisar a la Fiscalía si detectan actuaciones contrarias a lo declarado y a los intereses del titular de la cuenta». Por ello, el reconocimiento de esta figura «da respuesta a una de las principales exigencias del sector de la discapacidad«, como explica Segarra.

Por tanto, se asegura y aumenta la atención de las necesidades económicas de aquellas personas con discapacidad intelectual o cognitiva «que precisan de la ayuda de familiares o de otras personas de su confianza para gestionar su economía«, asevera el comunicado del Ministerio Fiscal.

Álvaro Gutiérrez del Álamo López
Álvaro Gutiérrez del Álamo López

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