A excepción del grado de parcial, el reconocimiento de una de incapacidad permanente en España implica el derecho a cobrar una pensión mensual. El importe de esta pensión depende de varios factores, como el grado de incapacidad laboral permanente reconocido.
Una de las dudas más habituales entre los trabajadores tras el reconocimiento de una incapacidad permanente, es cuando se recibe el primer pago. Así, los expertos de ‘Fidelitis’, abogados especialistas en incapacidad laboral, ofrecen respuesta a esta incertidumbre.
Primer pago tras el reconocimiento de una incapacidad permanente
El primer pago después del reconocimiento de una pensión de incapacidad permanente depende de varios factores, como el momento en el que se reconoce la incapacidad o el tipo de procedimiento. Además, también puede influir si existe una baja médica previa.
En cualquier caso, encontramos una serie de reglas generales que ayudan a determinar cuándo se percibe el primer pago de la pensión de incapacidad permanente tras su reconocimiento.
Generalmente, el derecho a cobrar una pensión de incapacidad permanente en España nace desde la fecha de efectos económicos que se establece en la correspondiente resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). La fecha de efectos económicos suele ser alguna de las siguientes:
- Fecha fijada en la resolución administrativa.
- Día siguiente al alta médica tras una incapacidad temporal.
- Fecha determinada por una sentencia judicial, en caso de que la incapacidad permanente se obtenga por la vía judicial.
Puede darse el caso de que el primer pago se retrase algunas semanas. Sin embargo, la pensión de incapacidad permanente se genera desde la fecha de efectos económicos, tal y como recuerdan los abogados expertos de ‘Fidelitis’.
Cómo se cobran las pensiones de incapacidad permanente
Las pensiones de incapacidad permanente se abonan mensualmente por parte de la Seguridad Social. Normalmente se abonan a mes vencido, correspondiendo al pago del mes anterior. En este sentido, desde ‘Fidelitis’ aclaran que «el primer pago suele producirse entre uno y dos meses después de la resolución, dependiendo del momento en que se tramiten los pagos en la Seguridad Social».
Supongamos que la resolución del reconocimiento de la pensión de incapacidad permanente se emite en el mes de marzo de 2026. En este caso, lo habitual es que el ciudadano reciba el primer pago de la pensión entre finales del mes de abril o principios del mes de mayo de ese mismo año.
Las pensiones de incapacidad permanente, cuando derivan de accidente no laboral o enfermedad común, se abonan en 14 pagas durante el año. Es decir, doce pagos correspondientes a los doce meses del año , y dos pagas extraordinarias. Las pagas extraordinarias se abonan en los meses de junio y noviembre, respectivamente.
Si la pensión de incapacidad permanente deriva de accidente de trabajo o enfermedad profesional, la Seguridad Social devenga la prestación doce pagas durante el año. En este caso, las pagas extraordinarias se encuentran prorrateadas en los doce pagos ordinarios de la pensión.
La cosa cambia cuando una incapacidad permanente se reconoce por la vía judicial. En algunos casos, puede incluir retrasos de meses o años, en función de la fecha de efectos económicos que determine la sentencia judicial.




