El Gobierno de España ha aprobado una medida por la que se exime de pago a siete millones de españoles por la adquisición de prótesis y silla de ruedas. Esta medida se incluye en el Real Decreto aprobado por el Consejo de Ministros el martes 10 de marzo de 2026.
Tal y como informan desde el Ministerio de Sanidad del Gobierno de España, este Real Decreto «regula el procedimiento para el reconocimiento del derecho a la protección de la salud y a la atención sanitaria con cargo a fondos públicos de las personas extranjeras que se encuentren en España sin residencia legal.
Se exime del pago por adquisición de prótesis y sillas de ruedas
Dentro del mencionado Real Decreto se ha aprobado una medida que supondrá un beneficio para siete millones de españoles, ya que se exime de cualquier copago por la adquisición de sillas de ruedas, prótesis o cualquier otro elemento necesario para personas con discapacidad.
Las personas que podrán beneficiarse de esta exención del copago serán los colectivos más vulnerables. Es decir, no todas las personas quedan eximidas del copago por la adquisición de sillas de ruedas o material ortoprotésico.
Según se recoge en el Real Decreto, estos son los ciudadanos son los que podrán disfrutar de la exención del copago por la adquisición de sillas de ruedas o prótesis en España:
- Pensionistas con ingresos anuales inferiores a 5.636 euros de base liquidable en la Declaración de la Renta.
- Familias con menores que tengan reconocida una discapacidad igual o superior al 33%.
- Personas beneficiarias del Ingreso Mínimo Vital o de Rentas de Integración Autonómicas.
- Perceptores de una prestación no contributiva por hijo a cargo.
- Personas en situación de desempleo sin derecho a la prestación contributiva o subsidio.
- Beneficiarios de una pensión no contributiva.
Algunos pacientes diagnosticados con determinadas enfermedades también quedan exentos del copago a la hora de adquirir una silla de ruedas o prótesis en España. Así queda recogido en el nuevo Real Decreto aprobado por el Consejo de Ministros del Gobierno de España.
Estos mismos colectivos de ciudadanos están exentos del copago farmacéutico en España desde el año 2021, tras la normativa aprobada por el Ejecutivo Central. Es algo que deben conocer todas las personas que se encuentran en algunas de las situaciones descritas.
Productos ortoprotésicos con exenciones en el copago
La medida aprobada por el Consejo de Ministros, según indican desde el Ministerio de Sanidad, supondrá un beneficio para aproximadamente siete millones de ciudadanos en España.
Así, la exención en el copago se aplicará por la adquisición de los productos que enumeramos a continuación desde Tododisca, entre otros muchos similares:
- Sillas de ruedas.
- Andadores.
- Muletas.
- Bastones.
- Vendajes de compresión.
- Estructuras correctoras de columna, pies o manos.
- Prótesis externas de articulaciones y extremidades.
- Prótesis de cara o boca.
- Órtesis.
Todos estos productos son elementos que, generalmente, necesitan personas con discapacidad, personas mayores y personas con movilidad reducida para poder desplazarse con mayor facilidad.
Por su parte, el resto de ciudadanos que no quedan exentos del copago, deberán abonar el importe proporcional por la adquisición de productos ortoprotésicos como sillas de ruedas o prótesis, entre otros.
